La Seguridad Social, un colchón para algunas operaciones de estética

La Seguridad Social, un colchón para algunas operaciones de estética
Mònica Aubert

Licenciada en Periodismo y Máster en Relaciones públicas y Gabinetes de Comunicación. Me encanta escribir y comunicarme con los demás. Actualmente, redacto contenidos en Multiestetica.

Creación: 15 nov 2016 · Actualización: 12 sept 2022
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En la última década, el canon de belleza reproducido en las salas de quirófano ha evolucionado hasta límites desmedidos e impensables.

En materia de cirugía plástica, España ocupa el décimo lugar en la jerarquía de países con más intervenciones quirúrgicas a sus espaldas. Así lo revela la encuesta global realizada en 2010 por la International Society of AestheticPlasticSurgery (Sociedad Internacional de Cirugía Plástico Estética, ISAPS), que sitúa a Estados Unidos, China y Brasil como el tridente líder en la producción de cambios estéticos.

Cierto es que, en la última década, el canon de belleza reproducido en las salas de quirófano ha evolucionado hasta límites desmedidos e impensables ¿A qué se debe? A diversos factores: sociales, individuales, redes sociales y el interés por parecerse a cierta figura pública. Sin embargo, el malestar físico o emocional que puede surgir del propio rechazo de una parte del cuerpo es, en la mayoría de los casos, el motivo que empuja a muchas personas a someterse a estas operaciones, pues traen arrastrando consigo complejos.

No obstante el riesgo, no todo el abanico de intervenciones que abarca la cirugía plástica está amparado por el ente público. Dicho de otro modo, ni todas los cambios de aspecto físico ni todas las operaciones de estética que se realizan están cubiertas por la Seguridad Social. Parámetros, resultados de analíticas y, sobre todo, síntomas patológicos son los que marcan el confín entre lo público y lo privado.

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Los límites de la cirugía reconstructiva

La Sociedad Española de Cirugía Plástica Estética y Reparadora (SECPRE) es clara al respecto: las intervenciones que sí están cubiertas por el catálogo de prestaciones de la Seguridad Social son aquellas que forman parte de la cirugía reconstructiva.

Procedimientos que, de algún modo, reparan malformaciones de origen u otros problemas crónicos que deriven en dolores y empeoramientos de salud, es decir, que se encuentren afectando la salud médica de la persona. Ni los caprichos estéticos ni las operaciones realizadas con el objetivo de convertir el cuerpo en un patrón más atractivo están incluidos entre las intervenciones con costes gratificados por el ente público. La cirugía estética que no guarda ningún tipo de relación con el accidente, la enfermedad o la malformación congénita no es en ningún caso financiable con cargo a la Seguridad Social.

Teniendo en cuenta dicha información, tanto la cirugía estética como la cirugía reconstructiva forman parte de la cirugía plástica. Sin embargo, cada una de las especialidades ejerce en un ámbito distinto. Mientras la cirugía estética se encarga de mejorar estructuras normales del cuerpo con el objetivo de convertirlo en una figura mucho más atractiva, la cirugía reconstructiva o reparadora actúa sobre estructuras anormales provocadas por problemas de desarrollo, traumatismos, infecciones o enfermedades.

En este caso, se incide mucho más en la función global del cuerpo que en su aspecto final. Cosa que no ocurre con la cirugía estética, que en la mayoría de sus procesos está al servicio de la autoestima del paciente.

¿Qué operaciones estéticas cubre la Seguridad Social?

Las intervenciones que tienen autorizada la prestación en este ámbito son más bien escasas. Y esto se debe principalmente a la exigencia que las rodea y que las obliga a convertirse en procesos que eviten problemas de salud graves. Una de las técnicas más concurridas es la cirugía de mama, que sólo está cubierta por la Seguridad Social en los casos en los que se utiliza para la corrección de asimetrías congénitas, la reconstrucción de una mama tras un cáncer, la eliminación de una ginecomastia o la disminución de mamas con mucho volumen que provoquen otros problemas médicos.

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Y lo mismo ocurre con la cirugía abdominal, la cirugía facial o la cirugía de orejas, párpados, nariz y mano (abdominoplastia, otoplastia, blefaroplastia, rinoplastia). Sin embargo, hay algunas condicionantes: una membrana ocular que cae excesivamente y dificulta la visión, un problema abdominal que provoca úlceras e irritaciones cutáneas, parálisis faciales e incluso malformaciones de tabique que impiden una correcta respiración. Todas ellas son dificultades que podrían beneficiarse de las intervenciones prestadas y cubiertas por la Seguridad Social.

Pesar más y pagar menos

Debido a la gran demanda que absorben las intervenciones de reducción de pecho o de estómago, estas operaciones engloban muchos de los supuestos problemáticos a la hora de conseguir financiación por parte de la Seguridad Social. A modo de ejemplo, una mujer con grandes dolores de espalda y dificultades para caminar por culpa del volumen de sus mamas podría estar exenta del pago de la operación. Sin embargo, si los motivos por los que se somete a cirugía son considerados por el equipo médico como puramente estéticos (que solo sean por mejorar su figura) deberá abonar la cuota pertinente en una clínica privada.

La relatividad con la que se evalúan estos parámetros, que incluyen el dolor o el padecimiento de las personas que necesitan ser intervenidas por un proceso quirúrgico de este tipo, también se mide con dinero. Yolanda Cervera, paciente de 25 años de edad y 120 kg de peso que ha gestionado la posibilidad de someterse a un bypass gástrico, relata que la Seguridad Social "no lleva a cabo este tipo de operaciones si no padeces obesidad mórbida de grado extremo. Un equipo de endocrinos es el que se encarga de hacer las analíticas para determinar en qué estado te encuentras, aunquesi no superas los 150 kg de peso es muy difícil que quieran operarte".

Tanto las posibilidades económicas como el carácter estoico de cada paciente son los que marcan la diferencia. En la mayor parte de los casos, las listas establecidas por la Seguridad Social "superan los 4 años de espera. Llega un punto en el que te planteas si realmente te conviene seguir subiendo de peso para alcanzar la prestación o pagar y realizar la operación por privado. Y cuando tomas una decisión de este tipo es porque ya estás muy desesperado", explica Yolanda.

Tras saber lo anterior, es importante que consideres si realmente la Seguridad Social conviene, en especial al tratarse de los tiempos de espera.

Lleida, Lleida
Clínica Rehavitall
Oviedo, Asturias
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